Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Yelisbeth Coromoto Narváez y Anibal José Canelones Delgado, titulares de las cédulas de identidad Nro.14.205.694 y 10.635.681, respectivamente. Seguidamente el ciudadano Anibal José Canelones Delgado, ofreció pasarle a su hija xx, la cantidad de ciento sesenta bolívares (Bs F.160,00) mensuales y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada ańo, para útiles escolares y estrenos decembrinos, más medicina cuando lo amerite. Dicha cantidad de dinero será depositada en una cuenta de ahorro N° 70014290010111185, a nombre de la ciudadana: Yelisbeth Coromoto Narváez. Seguidamente la solicitante estuvo de acuerdo con lo ofrecido por el padre de su hija