TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO
JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, nueve (09) de octubre de dos mil ocho (2008).-

198° y 149°

ASUNTO: AP21-R-2008-001389

Vista la diligencia de fecha 07 de octubre de 2008 suscrita por la abogada Mariana Alzamora, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.936, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual desiste del recurso de apelación formulado en fecha 23 de septiembre de 2008, contra la decisión de fecha 16 de septiembre de 2008 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de cobro de indemnización por enfermedad profesional incoado por el ciudadano José Manuel Ojeda contra las empresas Industria Nacional Fábrica de Radiadores (INFRA) S. A., Inversiones 220253, C. A., Inversiones Repe, C. A., e Inversiones Bellombra, S. A., este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia a los fines legales consiguientes.-

EL JUEZ



JUAN GARCÍA VARA EL SECRETARIO



ISRAEL ORTIZ