REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto Superior Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de octubre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO : AP21-R-2008-001165

Vista la diligencia presentada en fecha 15 de octubre de 2008, por los abogados Rubén Machuca y Eneida Flores, en s carácter de apoderados judiciales de la pare demandada y actora, respectivamente, mediante la cual el primero conviene en la demanda que incoara el ciudadano Alfredo Pérez en contra de la empresa Distribuidora Procolven c.a., y se compromete al pago de la cantidad de Bs. 17.000,00 cuya primera cuota de Bs. 8.000.00 ha pagado al momento de presentar la diligencia identificada con anterioridad, la segunda cuota de Bs. 4.500.00 a cancelar en fecha 30 de noviembre de 2008 y la tercera y última cuota pagadera el día 29 de diciembre de 2008.En consecuencia, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, imparte la HOMOLOGACIÓN al convenimiento antes expuesto y ordena la remisión del asunto al Juzgado 44° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo a fin de que una vez que conste en autos el último de los pagos convenidos, de por terminado el presente asunto y ordene el archivo del exediente. ASÍ SE DECIDE.

Felixa Isabel Hernández León
Juez Titular
El Secretario