REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de octubre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: AP21-L-2008-002298


Vista la Transacción celebrada en fecha 20 de octubre de 2008, entre la parte actora, representada por el abogado JOSE FAJARDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°95.909, y el apoderado judicial de la parte demandada empresa Inversiones Chiken 93 CA, abogado ANDRES RIVERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°16.773 con la finalidad de poner término al Procedimiento que cursa ante este Tribunal, las partes han transado en la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. F. 15.000,00), este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento en consecuencia, HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta.
Asimismo, por todo lo antes expuesto, se dará por terminada la presente causa una vez que conste en autos el último pago acordado en la referida transacción.- Se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas, de conformidad con el numeral 3ro del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Cúmplase.-


El Juez Titular

La Secretaria

Abg. Aníbal F. Abreu Portillo


Abg. Dayana Díaz