REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 09
Caracas, ocho (08) de octubre de 2008
Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación

ASUNTO: AP51-S-2008-015305

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito presentado en fecha 24 de Septiembre de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la Fiscal Centésima Sexta (106°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre y representación de los derechos e interés de la niña (...), de (...) años de edad, mediante el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado entre los ciudadanos LEONARDO GABRIEL CABELLO BERNAL y MAGLIN ESTHER MORALES VILLEGAS, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 17.286.872 y V- 16.660.259, respectivamente, a favor de la prenombrada niña, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 11/09/2008, lo relativo a la Obligación de Manutención de la niña de autos.