REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 09
Caracas, ocho (08) de octubre de 2008
ASUNTO: AP51-S-2008-015413
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito presentado en fecha 25 de Septiembre de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la Fiscal Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre y representación de los derechos e interés de los niños (...), de (...) , (...) y (...) años de edad, respectivamente, mediante el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado entre los ciudadanos MARÍA ANDREÍNA MARTÍNEZ RIVAS y JAVIER ENRIQUE JESÚS MÉNDEZ ESCALONA, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 18.745.660 y V- 16.433.691, respectivamente, a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 12/08/2008, lo relativo a la Obligación de Manutención de los niños de autos.