REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 10.
Caracas, veintidós (22) de Octubre de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-012821

Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana GENESIS HERNÁNDEZ DE JÍMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.195.696, actuando en nombre y representación de sus hijos (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), quienes se encuentra asistidos por la abogada NADHETZKA PONCE, en su carácter de Defensora Pública Décima Tercera Suplente de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita que el adolescente y el niño antes mencionado, sean declarados como carga familiar del ciudadano JUAN CARLOS JIMENEZ MATURANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.481.324, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y vista las declaraciones de los testigos promovidos, ciudadanas ROJAS WILIMAR YAMINA, BARCELO BRICEÑO MARISOL ZULIBETH y QUINTANA PONCE LEYVIZ VICTORIA, plenamente identificadas en autos; esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara al Adolescente y al Niño (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), como carga familiar del ciudadano JUAN CARLOS JIMENEZ MATURANA, antes identificado. Expídanse por secretaría las copias certificadas que requiera la parte interesada con inserción de la presente decisión, y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregados en su oportunidad correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,


ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
EL SECRETARIO,


ABG. IVAN CEDEÑO.

AP51-S-2008-012821
Luis serrano.