REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 10 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Veintisiete de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-017947
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Autorización Judicial para expedir Pasaporte y recaudos acompañados presentados por la ciudadana NELVIA ENCARNACION GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-3.222.045, en su carácter de abuela paterna de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), quien se encuentra asistida por la Defensora Pública Cuarta del Área Metropolitana de Caracas. Désele entrada a dicha solicitud, anótese en los libros respectivos y se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley. Ahora bien, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y por cuanto es un derecho que tiene la niña, a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUFICIENTE, a la ciudadana NELVIA ENCARNACION GALINDEZ, previamente identificada, para que proceda a tramitar ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), todo lo concerniente a la cedula de Identidad de su nieta. Expídanse por Secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y de la presente decisión y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. IVAN CEDEÑO.
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