REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, (07) de Octubre de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-015684
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Régimen de Convivencia y recaudos acompañados, presentados por la ciudadana VANESSA CARREÑO RIVERA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Tercera del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en el interés superior de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), hija de los ciudadanos ELEANNY JANEY LAZO y JHONATAN ARMANDO OLIVEROS OBELMEJIAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números V-11.414.464 y V-13.871.201, respectivamente. Désele entrada a dicha solicitud, anótese en los libros respectivos y se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar suscrito por los padres de la Niña antes mencionada, en los mismos términos y condiciones por ellos establecidos ante el referido Fiscal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
MAIRIM RUIZ RAMOS. EL SECRETARIO,
IVAN CEDEÑO.
AP51-S-2008-015684
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