REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal 12
Caracas, veinte (20) de octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-016510
Vista la anterior solicitud de CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana ZIURIS TERESA MORALES MAYORA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nos. V-14.275.129, actuando en nombre y representación de su hijo, el niño, de siete (07) años de edad, quien se encuentra debidamente asistido por la abogada ESMERALDA MORALES, actuando en su carácter de Defensora Publica Cuarta (4°) de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitó que su hijo, sea declarado carga familiar del ciudadano URBANO MORALES, titular de la cédula de identidad No. V.-4.947.035. En consecuencia, esta Sala de Juicio cumplidas como fueron las formalidades de Ley, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA al niño, de siete (07) años de edad, CARGA FAMILIAR del ciudadano URBANO MORALES, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-4.947.035. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la presente sentencia, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,
ADRIANA MIRELES
SGS//AM//ms.-
Motivo: Carga Familiar.
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