REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL 12
Caracas, nueve (9) de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2007-022995
Vista la Diligencia de fecha 01 de octubre de 2.008, presentada por la Abogada GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el presente juicio de Ofrecimiento de obligación de Manutención, en representación del ciudadano ALEXIS JOSE VIRGUEZ YANEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° 10.113.103, desistió de la presente acción. Este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte Homologación a dicho desistimiento, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda la devolución previa certificación en autos, de los documentos originales que corren insertos en el presente expediente. Así se decide. Dada, firmada y sellada en el despacho de la Juez No. XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los nueve (9) días del mes de octubre de 2008.- Años 196 de la Independencia y 147 de la Federación.-
La Juez
Sara Guardia Soto
La Secretaria Secretario
Abg. Adriana Mireles
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