REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez Unipersonal Juez Unipersonal Nº XIV
Caracas, 13 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2006-022702

Vista la diligencia de fecha 09 de octubre de 2008, presentada por la ciudadana JUDITH MARÍA DE NOBREGA DE SOUSA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro V-9.098.382, debidamente asistida por la Defensora Pública Sexta (6ta) Abogada MARIA PEÑA, mediante la cual desiste de la presente Autorización Judicial para Tramitar Pasaporte; en consecuencia, esta Sala de Juicio, procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas; así mismo, se acuerda la devolución de los originales de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle lo conducente. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS ANDRES FONSECA






YLV/CAF/Thairyt H.
AP51-S-2006-022702
DESISTIMIENTO