JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, diez (10) de octubre de dos mil ocho (2008).
198º y 149º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la ciudadana ROSSY MARGARITA GUARAMATO, portadora de la cédula de identidad Nor. 6.236.713, debidamente asistida por el abogado FRANCISCO JAVIER SANDOVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.442, mediante la cual solicita la nulidad de la Resolución Nro. 186, publicada en fecha 18 de abril de 2006 en Gaceta Municipal Nro. 2744-2 y notificada en fecha 03 de diciembre de 2007, emanada por el Presidente del Instituto Municipal de Crédito Popular del Municipio Libertador.
EL JUEZ


JOSÈ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO.

CARLOS B. FERMÍN P.


EXP. 08-2147/yp.-