REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiuno (21) de octubre del año 2008.
Años: 198° y 149°

Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre las bienhechurías realizadas, sobre un terreno de mayor extensión propiedad del ciudadano ALBERTO F. VOLLMER y OTRA, según documento protocolizado en la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro Inmobiliario del Municipio Libertador, de fecha 19/08/1959, bajo el Nº 54, tomo 02, protocolo primero, ubicado en la Avenida Teherán con Calle 10, Sector Juan Pablo II, Urbanización Montalbán, Código Catastral Provisional 12-11-10-09, Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, según información suministrada por la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante oficio Nº 656 Int, de fecha 29/09/2008, a favor de la ciudadana MARGARITA DE JESUS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 15.506.199.-Déjese copias certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia de las presentes actuaciones en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas a los interesados.-
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN. LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ.





MRMC/NCR/Rey/ Solic. Nº 12.958