REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 01 de Octubre del Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 197° y 148°.-
En virtud de que en fecha 26 de Agosto del 2008, la Juez Titular de este despacho se reincorporó a sus labores, se avoca al conocimiento de la causa.-
Asimismo vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento procedente del Juzgado Distribuidor de turno, presentada por el ciudadano DAVID ARMANDO DUGARTE CABALLERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-13.864.481, debidamente representado por el ciudadano ALFREDO MANUEL STABACK., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.713. En la cual solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación de su Acta de Nacimiento la cual esta signada con el Nº 1350, folio 175 Vto., de fecha 22 de Julio de 1980, la cual fue levantada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual alega el solicitante que se incurrió en un error material al asentar el lugar de nacimiento de su madre, el cual se testo como: NATURAL DE BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: NATURAL DE BARCELONA, ESPAÑA.- Asimismo por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho.- En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como
Original del Poder Especial, expedido por ante la Notaria Publica Cuadragésima Cuarta del Municipio Libertador del Distrito Capital; Copia Certificada de la partida de nacimiento del solicitante; Copia Certificada de los Datos Filiatorios correspondiente a la señora TRINIDAD CABALLERO DE DUGARTE, madre del solicitante.- Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano DAVID ARMANDO DUGARTE CABALLERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-13.864.481, en el siguiente término: donde dice: “...NATURAL DE BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI...” debe decir: “...NATURAL DE BARCELONA, ESPAÑA…”.-En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. LEOXELYS VENTURINI.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
EXP Nº 07-4461.-
AMCdeM/LV/Yenny.-
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