Republica Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE:
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

SOLICITANTES: Marianella Coromoto Kaehler de Matalon y Elyahu Matalon, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.856.996 y V- 6.293.551, respectivamente.

APODERADA JUDICIAL DE LOS SOLICITANTES: Tina Di Francescantonio de Di Battista, venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.162.935, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.153.

MOTIVO: Desistimiento.

Expediente: S-08-0241.-

Visto el desistimiento suscrito en fecha Tres (03) de Octubre de Dos Mil Ocho (2008), por la ciudadana Tina Di Francescantonio de Di Battista, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.153, en su carácter de apoderada judicial de los solicitantes, este Tribunal a los fines de resolver observa:
Con vista a lo establecido por la Sala de Casación Civil, se procedió a efectuar una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se evidencia de la diligencia de fecha Tres (03) de Octubre del corriente año que la ciudadana Tina Di Francescantonio de Di Battista, desiste del procedimiento de una forma pura y simple, sin condicionarlo en forma alguna y, así expresamente se declara.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 264 y siguientes del mismo cuerpo legal; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO el desistimiento anterior y, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
En cuanto a la devolución de los originales solicitados por la apoderada judicial de los solicitantes, este Tribunal, provee en conformidad con lo solicitado, y consecuencialmente, se ordena el desglose de los originales cursantes en los folios 06 al 57, del presente expediente, una vez que conste en autos los fotostatos. Corríjase foliatura. Cúmplase.-

Regístrese y Publíquese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, Diecisiete (17) de Octubre de dos mil Ocho (2.008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,



Dr. Carlos Spartalian Duarte



La Secretaria Titular,



Abg. Inés Elena Belisario Gavazut



En la misma fecha, se libró copia certificada de la providencia anterior y se dejó en el Departamento de Archivo del Juzgado, por aplicación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

La Secretaria Titular,



Abg. Inés Elena Belisario Gavazut





CSD/Ibg/Helen
Exp. Nº S-08-0241.-










































Quien suscribe, la Abg. Inés Elena Belisario Gavazut, Secretaria Titular del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HACE CONSTAR: Que en este espacio corrió inserto original a los folios 13 al 17 del presente expediente N° 08-0212. En Caracas a los Quince (15) días del mes de Octubre de Dos Mil Ocho (2008).- Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
La Secretaria Titular,



Abg. Inés Elena Belisario Gavazut




IBG/Helen.-
Exp: 08-0212.-