REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 06 de octubre de 2008.
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 17 de septiembre del presente año, suscrita por el abogado ZULAY HURTADO BRAVO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna la Fianza emitida por Seguros Federal, y solicitó se decrete la medida de secuestro, este Tribunal a los fines de proveer observa: Vista la fianza consignada emitida por la sociedad mercantil “SEGUROS FEDERAL, C.A.” hasta la cantidad de TREINTA Y UN MIL TRECIENTOS DOCE BOLÍVARES FUERTES CON QUINCE CÉNTIMOS (Bs. F. 31.312,15), debidamente notariada; ahora bien, por cuanto la fianza presentada es suficiente y reúne la totalidad de los requisitos contenidos en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, y la misma es emanada por una empresa de seguros, este Juzgado en aras de preservar el derecho a la defensa y la seguridad del las partes, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 589 Ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Reserva de Dominio, este Tribunal DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el siguiente bien mueble que se refiere a un vehiculo, cuyas características son: “MARCA: FIAT; MODELO: PALIO FIRE1.3 16V 5P; AÑO: 2005; COLOR: AZUL NAVONA; TIPO: SEDAN; CLASE: AUTOMOVIL; USO: PARTICULAR; PLACA: MDZ 38R; SERIAL DE CARROCERIA: 9BD17156152520652; SERIAL DEL MOTOR: 178D70556189915.” Que se designa como depositaria a la parte actora BANCO FEDERAL, C.A. Por consiguiente, se acuerda oficiar a la Dirección Nacional de Tránsito Terrestre, a los fines de que procedan a la detención del vehículo identificado ut-supra. Igualmente a los fines de la práctica de la Medida de Secuestro se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Líbrense los oficios correspondientes y comisión. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.
En esta misma fecha se libraron los oficios respectivos y la comisión.
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.
EBG/JOG/RB.
Exp. No. 25.788.-