Expediente: Nº 26237.- Asitt: RI-07
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ______________
Años 198º y 149º
SOLICITANTE: ANTONIO RAFAEL SILVA FANEITE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 2.136.260.-
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO CABRERA. Inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 229.066.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.-
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO RAFAEL SILVA FANEITE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 2.136.260, por medio de la cual solicita la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, acta llevada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el Nº 640, correspondiente al folio Nº 21 vto, del año 1942. En la presente acta se incurrió en el siguiente error material en ella se identifico el nombre de mi madre como: “ANA JOBITA” lo cual es incorrecto, siendo ello lo correcto,“ANA JOVITA”, Para probar lo alegado por el solicitante consignó a los autos: Acta de Nacimiento, partida de nacimiento de la madre del solicitante, probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de partida; este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar al Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error involuntario al señalar en dicha acta el nombre de la madre del solicitante es “ANA JOBITA”, siendo lo correcto,“ANA JOVITA”. Y ASÍ SE DECLARA.- Expídanse por Secretaría copia certificada del presente auto y remítase con oficio a las autoridades correspondientes.-
EL JUEZ.-
LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-
EL SECRETARIO
MUNIR SOUKI URBANO
En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.-
EL SECRETARIO
MUNIR SOUKI URBANO
LTLS/MS/RI 07
Exp. 26237
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