REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EL JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, veintiuno (21) de octubre de 2008
197° y 148°


ASUNTO: AH24-L-2003-000019.

PARTE ACTORA: SYERS CLEMENTE IMBERT ROBERTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 9.486.840.

APODERADOS DEL ACTOR: CESAR LUIS BARRETO y OTROS, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 46.871
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PARTE DEMANDADA: PANAMCO DE VENEZUELA, debidamente inscrita en En el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de septiembre de 1996, bajo el N°51, tomo 462_A Sgdo
APODERADOS DE LA DEMANDADA: JENNY ABRAHAN CRISTINA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 73.254.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Por cuanto en fecha 10 de octubre de 2008, este Tribunal levanto acta en virtud de la celebración de la Audiencia de Juicio Oral, el Juez solicitó al secretario informara la presencia de las partes, indicando el referido funcionario que se encuentra presente en la Sala de Audiencia las abogado JENNY ABRAHAN CRISTINA, identificada en autos, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, asimismo informa que no se encuentra presente la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, de lo cual se deja expresa constancia. En tal sentido, vista la incomparecencia de la parte actora al presente acto, este Juzgador en atención a lo dispuesto en el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su Párrafo Segundo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN en el presente procedimiento. De la misma manera, se deja establecido que transcurrido como sea el lapso contemplado en la Ley para ejercer los recursos contra la presente decisión, y no se ejerzan los mismos, se ordenará el archivo del Expediente. ASI SE ESTABLECE.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Juzgado Décimo de Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintiún dias (21) días del mes de octubre de 2008. Años: 197° y 148°. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman

JUEZ

ABG. GLEEN MORALES


TOMAS MEJIAS
ELSECRETARIO