JUZGADO SEXTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS; TREINTA (30) DE OCTUBRE DE 2008
Años 198º y 149º


ASUNTO N°: AP21-R-2008-001288

PARTE ACTORA: IVAN GUSTAVO SERRANO BELLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.453.665.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JOSE JOAQUIN BRITO, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.588.

PARTE DEMANDADA: VEPACO PUBLICIDAD, C.A., empresa domiciliada en Caracas, Distrito Capital, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de marzo de 1950, bajo el Nº 331, tomo 1-C.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALDO GAMARRA, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 112.104.

MOTIVO: Se encuentran en esta Superioridad las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 06 de agosto de 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha veintisiete (27) de octubre de 2008, este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:

Como quiera que en fecha 20 de octubre de 2008 tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, a la cual comparecieron ambas partes difiriéndose el dispositivo para el día 27 de octubre de 2008, y siendo que en dicha oportunidad abierta la audiencia oral se dejó constancia de la comparecencia abogado ALDO GAMARRA en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada no apelante, y de la incomparecencia de la parte actora apelante ni por si ni por medio de representante alguno, en consecuencia este Juzgador, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistida la apelación, en consecuencia queda firme la decisión de fecha 06 de agosto de 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual se declaró Sin Lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Iván Serrano contra la empresa VEPACO PUBLICIDAD, C.A.

DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación intentado por la parte actora ciudadano IVAN GUSTAVO SERRANO BELLO contra la decisión de fecha 06 de agosto de 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia queda firme la decisión dictada por el A-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Juzgado Cuadragésimo Quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución de esta circunscripción judicial, a los fines legales consiguientes. No hay condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los treinta (30) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008). Años: 198º y 149º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.

EL JUEZ

MARCIAL MUNDARAY SILVA

LA SECRETARIA

VANESSA VELOZ

NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.

LA SECRETARIA

VANESSA VELOZ