REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de septiembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2007-002653
Con vista a la diligencia que antecede, presentada por la representación judicial de la parte actora en el presente proceso, incoado por las ciudadanas ZULAY DIAZ y KEISY OCHOA contra SELECCIONES SELEMAR, C.A., mediante la cual requiere sea librado un nuevo cartel de notificación, al Abogado RAFAEL ANTONIO FUGUETT ALBA, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada, este Tribunal lo acuerda de conformidad. Por otro lado, en lo que respecta a la solicitud realizada por la representación judicial de la parte actora, en el sentido de que el Tribunal “… Autorice para acompañar al Alguacil designado para practicarla a objeto de verificar la autenticidad de las declaraciones por el expuesta en la consignación con resultado negativo por otros motivos…”, este Juzgado Niega tal pedimento, por improcedente; en este sentido observa, que conforme a las normas adjetivas, que nos rigen, estos funcionarios son los facultados para realizar tales actividades, dando fe ante el Tribunal, de sus actuaciones.
EL JUEZ
ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
LA SECRETARIA
ABG. VANESSA VELOZ