REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
198° y 149°
Caracas, primero (01) de septiembre de dos mil ocho (2008)

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002110
PARTE ACTORA: ABIGAIL MARGALIT MIZRACHI DE PARRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: INCOMPARECIENTE
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO METROPOLITANO DE URBANISMO TALLER CARACAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL


En el día hábil de hoy uno de octubre de dos mil ocho, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, JOSE MIGUEL MENENDEZ; titular de la cédula de identidad N° 3.244.718 en su carácter de PRESIDENTE de la demandada, debidamente asistido por JOSE R. APONTE y ASDRUBAL GARCIA, inscritos en el IPSA bajos los N° 44.438 y 10.747: Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. De conformidad con los artículos 62 y 64 ejusdem se condena en costas a la parte actora. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.

El Juez,


Abg. Juan Ramón Echeverría
El Secretario,


Abg. Nelson Delgado
Los comparecientes