REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL IX
Caracas, veinticinco (25 ) de septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-013315
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 30 de Julio de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Tercera (103°) del Ministerio Público, y actuando en nombre y representación de los derechos e interés del niño (...), de (...) año de edad, en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado entre los ciudadanos LEONOR DEL JESUS MORENO y MEDARDO ROGELIO MONTERO PEREZ, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.414.004 y V-13.956.924, respectivamente, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 29/07/2008, lo relativo a la Obligación de Manutención de su hijo antes mencionado.