REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 09
Caracas, veinticinco (25) de septiembre de 2008
Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación

ASUNTO: AP51-S-2008-014404

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito presentado en fecha 13 de Agosto de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre y representación de los derechos e interés de los adolescentes (...) y la niña (...), de (...), (...) y (...) años de edad, respectivamente, mediante el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado entre los ciudadanos WILLIAM ALFREDO CORREA TORO y ANA ALBINA DURÁN CHACÓN, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 6.963.785 y V- 7.948.276, respectivamente, a favor de los prenombrados adolescentes, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 12/08/2008, lo relativo a la Obligación de Manutención de los adolescentes y la niña de autos.