REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL IX
Caracas, veintinueve (29 ) de septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-013664
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 05 de Agosto de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana EMMA LUISA BUSTILLOS PAZ, en su carácter de Fiscal Encargada Nonagésima Novena (99°) del Ministerio Público, y actuando en nombre y representación de los derechos e interés del niño (...), de (...) años de edad; en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado entre los ciudadanos WILLE HENRY INFANTE CORRALES y PEGGY KARINA MUNZON VERBEL, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-13.290.209 y V-17.402.787, respectivamente, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 16/07/2008, lo relativo a la Obligación de Manutención de su hijo antes mencionado.
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