REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12
Caracas, 29 de Septiembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-005387
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio seis (06) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos MARIA ALEJANDRA PERNIA MONTILVA y ZURIMA ALICIA HERNANDEZ GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-16.787.201 y V-7.274.039, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano JORGE LUIS OROPEZA VEGA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.707.314, a YOIPED JESUS (Mayor de edad) y a la adolescente, de trece (13) años de edad, concubino e hijos de la De Cujus JANETTE COROMOTO ALVAREZ ORTIZ, quien era titular de la Cédula de Identidad No. V-6.861.175, quien falleció en fecha dieciocho (18) de agosto del año 2007; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,
ADRIANA MIRELES
SGS//AM//*
Motivo: Título de Únicos Universales y Herederos.
AP51-S-2008-005387
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