REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL
Caracas, Dieciséis (16) de Septiembre de 2008
Años: 198º y 149º
Vista la diligencia suscrita y presentada por la abogada OLGA TERESA SANCHEZ TOVAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 68.689, actuando en su carácter de Apoderada del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, mediante la cual expuso: “Consigno en este acto, Acta levantada en la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del Estado Miranda en la cual se procedió a pagar, según instrucción de la Cámara Municipal a la ciudadana Adriana Escalona Molina, Prestaciones Sociales y Remuneración a personal contratado, tal como se evidencia en Acta y Anexos constante de 54 folios útiles, con lo cual se solicita homologación de la causa, cierre y archivo del expediente, en razón de que la ciudadana Adriana Escalona no tiene motivo alguno que reclamar, visto que sus prestaciones quedaron satisfechas con dicho pago.”, y visto que dicha Acta fue suscrita entre las partes de mutuo consentimiento y quedó establecido que con el efectivo pago allí expuesto no queda pendiente por reclamar por parte querellante, ciudadana ADRIANA ELIZABETH ESCALONA MOLINA, ni por ese concepto ni por ningún otro, este Órgano Jurisdiccional HOMOLOGA LA TRANSACCION celebrada entre las partes, en fecha 01 de Septiembre de 2007, la cual riela a los folios 107 y su vto., de conformidad con lo establecido en el artículo 256, del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
FLOR L. CAMACHO
EL SECRETARIO TEMPORAL,
JOSE A. PEROZO
Exp. 1908-07
FLCA/graciela.-