REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de septiembre de 2008.-
198º y 149º
Por recibido el presente expediente contentivo de la acción de Amparo presentada por la abogada Loyde Rocio Ortega Alean, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 97.500, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Koudier Youssef, titular de la cédula de identidad N° 21.759.894; quien suscribe se avoca al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra.
Asimismo, se ordena la notificación de la abogada LOYDE ROCIO ORTEGA ALEAN, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano KOUIDER YOUSSEF, a objeto de que corrija las omisiones contenidas en el escrito de interposición de amparo, referente a los requisitos exigidos en el numeral 4° del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la constancia en autos de su notificación, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 19 eiusdem, tal y como fue acordado mediante auto de fecha 04 de los corrientes por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. Líbrese boleta de notificación
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN
LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ
Exp. 45962
Daniel