REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, (29) de Septiembre del Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 198º y 149º.-

Vista la anterior diligencia presentada por la ciudadana ROSANGELA DE MATTEO., Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.820 en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ALBA PACIFICO., Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No: V-4.288.733, y los recaudos solicitados a la misma.- En consecuencia el Tribunal le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al presente escrito, en los siguientes términos:
A la ciudadana: ALBA PACIFICO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 4.288.733, se le adjudica en plena y exclusiva propiedad los siguientes bienes:

PRIMERO: “Un Inmueble constituido por Un (01) Local Comercial distinguido con el Número 32 del Nivel Planta Baja de EL COLONIAL CENTRO COMERCIAL CUA, ubicado en la Urbanización “Jardines de Santa Rosa” Jurisdicción del Municipio Cúa, Distrito Urdaneta del Estado Miranda, consta de una superficie aproximada de Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados (48 Mts2 ), consta de un baño con todas sus anexidades, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Local Nº 33; SUR: Local Nº 31; ESTE: Pasillo Exterior; y OESTE: Pasillo Interior. El Inmueble se encuentra bajo el Régimen de Propiedad Horizontal y por tanto le corresponde un porcentaje de condominio de UN ENTERO UN MIL CUARENTA Y NUEVE MILESIMAS POR CIENTO (1,1049%) sobre las cosas de uso común y carga de la comunidad de propietarios, según consta en Documento de Condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Distrito Urdaneta del Estado Miranda en fecha 29 de Noviembre de 1994, bajo el No.23, Tomo 12, Protocolo Primero. El Inmueble antes identificado fue adquirido según consta en Documento protocolizado ante la Oficina Subalterna antes mencionada, en fecha Trece (13) de Diciembre de 1994, anotado bajo el Nº 7, Protocolo Primero, Tomo 15. Sobre el Inmueble antes identificado, no existe ningún tipo de gravámenes hipotecarios y nada debe por concepto de impuestos Nacionales, Estadales, ni por ningún otro concepto. El presente Inmueble se estima en la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 80.000.000,00) y/o ( Bs.F 80.000,00). ”.
SEGUNDO: “Un Inmueble constituido por Un (01) Local Comercial distinguido con el Número 33 del Nivel Planta Baja de EL COLONIAL CENTRO COMERCIAL CUA, ubicado en la Urbanización “Jardines de Santa Rosa” Jurisdicción del Municipio Cúa, Distrito Urdaneta del Estado Miranda, consta de una superficie aproximada de Cuarenta y Nueve Metros Cuadrados con Cincuenta y Cinco Decímetros Cuadrados (49,55 Mts2 ), consta de un baño con todas sus anexidades, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Pasillo Interior; SUR: Local Nº 32; ESTE: Pasillo Exterior; y OESTE: Pasillo Interior. El Inmueble se encuentra bajo el Régimen de Propiedad Horizontal y por tanto le corresponde un porcentaje de condominio de UN ENTERO UN MIL CUARENTA OCHOCIENTAS TREINTA MILÉSIMAS POR CIENTO (1,1830%) sobre las cosas de uso común y carga de la comunidad de propietarios, según consta en Documento de Condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Distrito Urdaneta del Estado Miranda, en fecha 29 de Noviembre de 1994, bajo el No.23, Tomo 12, Protocolo Primero. El Inmueble antes identificado fue adquirido según consta en Documento protocolizado ante la Oficina Subalterna antes mencionada, en fecha Trece (13) de Diciembre de 1994, anotado bajo el Nº 11, Protocolo Primero, Tomo 15. Sobre el Inmueble antes identificado, no existe ningún tipo de gravámenes hipotecarios y nada debe por concepto de impuestos Nacionales, Estadales, ni por ningún otro concepto. El presente Inmueble se estima en la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 80.000.000,00) y/o ( Bs.F 80.000,00). ”
TERCERO: Un Mil (1.000) acciones de la Compañía INVERSIONES NATURA SLENDER, COMPAÑÍA ANONIMA., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha Dos (02) de Abril de 1992, bajo el Nº: 32, Tomo 5-A-Pro., con un valor nominal de UN MIL DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs.1.000,00) y/o (BsF 1,00) cada una, lo que representa un valor total de UN MILLON DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 1.000.000,00) y/o (BsF 1.000).-
CUARTO: Quinientas (500) acciones de la Compañía FARMACIA EL COLONIAL ALBAN, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha Veintinueve (29) de Septiembre de 1994, bajo el Nº: 31, Tomo 124-A-Sgdo., con un valor nominal de UN MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.1.000,00) y/o (BsF 1,00) cada una, lo que representa un valor total de QUINIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 500.000,00) y/o (BsF 500,00).-
QUINTO: Un Vehículo automotor con las siguientes características, marca: CHEVROLET, modelo: AVEO, año: 2.005, color: PLATA, clase: AUTOMOVIL, placa: AEW-39F, serial carrocería: 8Z1TJ62685V305065, serial motor: 85V305065, tipo: SEDAN, uso: PARTICULAR. El presente bien mueble tiene un valor, estimado en la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 30.000.000,00) y/o (BsF 30.000,00).-
SEXTO: Un Vehículo automotor con las siguientes características, marca: HONDA, modelo: CR- V LX 4X2 AT, año: 2.007, color: DORADO ATACAMA METAL, clase: CT CAMIONETA, placa: MEV-43K, serial carrocería: JHLRE38307C200697, serial motor: K24Z1-1747401, tipo: SW SPORT-WAGON, uso: PARTICULAR. El presente bien mueble tiene un valor, estimado en la cantidad de OCHENTA Y SEIS MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 86.000.000,00) y/o (BsF 86.000,00).-


Al ciudadano: ALBERTO ANTONIO SARBACH MARTORANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 6.815.466, se le adjudica en plena y exclusiva propiedad los siguientes bienes:
PRIMERO: Un Vehículo automotor con las siguientes características, marca: CHEVROLET, modelo: BLAZER 4X2, año: 1998, color: BLANCO, clase: CAMIONETA, placa: ABO-24U, serial carrocería: 8ZNCS13W7WV322583, serial motor: 7WV322583, tipo: SPORT-WAGON, uso: PARTICULAR. El presente bien mueble tiene un valor, estimado en la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 20.000.000,00) y/o (BsF 20.000,00).-
SEGUNDO: Un Vehículo automotor con las siguientes características, marca: MITSUBISHI, modelo: LANCER GLX-1, año: 2.002, color: PLATA, clase: AUTOMOVIL, placa: ADV-42R, serial carrocería: 8X1STCS3A2Y100128, serial motor: BN3558, tipo: SEDAN, uso: PARTICULAR. El presente bien mueble tiene un valor, estimado en la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 10.000.000,00) y/o (BsF 10.000,00).-
Igualmente, se acuerda librar Dos (02) juegos de copias certificadas, con inserción del presente auto previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese copias certificadas.- Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR,


DRA AURA MARIBEL CONTRERAS de MOY
LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. LEOXELYS VENTURINI
AMCdeM/LV/Mariana
St: 11.811.-