REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Sentencia Definitiva
Expediente Nº S-3498

PARTE SOLICITANTE: YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio.
REPRESENTANTE JUDICIAL: OFELIA AMORETTI DIAZ, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 1.214.
MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
Conoce este tribunal de la solicitud, incoada por la ciudadana YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad., asistida por la abogada OFELIA AMORETTI DIAZ, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 1.214, donde solicita la Inserción de Partida de su Acta de Nacimiento y sea declarada con lugar y sea insertada en el Registro Civil de Nacimientos, este tribunal observa:
Que en fecha 13 de mayo de 2004, compareció YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad., asistida por la abogada OFELIA AMORETTI DIAZ, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 1.214, consignando los recaudos como: 1) Constancia de Nacimiento emitida por la Maternidad Concepción Palacios, en la cual se desprende que nació el día 21 de enero de 1978, siendo la madre la Ciudadana CARMEN PATIÑO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.414.430. 2) Certificación expedida por el Registrador Principal del Municipio Libertador, la cual se desprende que no aparece el acta de nacimiento, 3) Certificación expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, en el que se constata que en los libros, no se encuentra el acta de la ciudadana YESELIA PATIÑO.-
En fecha 25 de mayo de 2004, se admite la presente solicitud en la cual y se ordena emplazar a la ciudadana CARMEN PATIÑO y CARLOS ANDRES FONSECA ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.414.430 y V-6.374.832 respectivamente padre de la solicitante a los fines que comparezca al décimo día de despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente con respecto a la solicitud, de igual manera se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Publico, asimismo, sé estableció que el procedimiento quedaba abierto a pruebas por un lapso de diez días de despacho, vencido dicho lapso el tribunal pasaría a dictar sentencia, ordeno librar edicto a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos con respecto a dicha solicitud, asimismo una vez venciera el lapso de diez días en que la secretaria de este Juzgado dejara constancia de haberse cumplido la publicación y consignación del cartel librado en esa misma fecha, en esta misma data se libro el edicto.
En fecha 02 de Julio de 2.004, comparece la ciudadana YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad., asistida por la abogada OFELIA AMORETTI DIAZ, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 1.214, deja constancia de haber recibido el respectivo edicto librado en fecha 25 de mayo de 2.004.
En fecha 31 de Agosto de 2004, comparece la ciudadana YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad., asistida por la abogada OFELIA AMORETTI DIAZ, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 1.214, consigna edicto publicado en la prensa.-
En fecha 23 de Septiembre de 2004, se libro la boleta al Fiscal.
Posteriormente en fecha 11 de octubre de 2004, comparece el ciudadano RAMON ANTONIO CARRERO REY, Alguacil de este Juzgado, consigna copia de la boleta de notificación al fiscal debidamente firmada y sellada.
En fecha 16 de Febrero de 2008, comparece la abogada DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Décima del Ministerio Publico de esta misma Circunscripción Judicial y expone que no tiene nada que objetar a la presente solicitud.-
Posteriormente en fecha 20 de Noviembre de 2.006 ciudadana YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad., asistida por el abogado RUBEN COLMENARES, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.451, en la cual solicita consigna acta de defunción de su padre y solicita se fije la oportunidad para interrogar a la ciudadana CARMEN PATIÑO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.414.430, madre de la solicitante.-
En fecha trece (13) de junio de 2007, siendo las 11:00 a.m., comparece ante este tribunal la ciudadana CARMEN PATIÑO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.414.430, en lo cual efectivamente dice ser su madre, mencionando donde y cuando nació, y las razones por la cual no fue presentada, tomándose la declaración como pleno valor probatorio.-
Encontrándose este Tribunal para decidir al respecto observa:
Cumplidas como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Acta de nacimiento, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 769 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 501 y 462 del Código Civil y el artículo 39 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Inserción de Acta de nacimiento de la ciudadana YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y como quiera que los elementos probatorios aportados como la constancia de nacimiento emitida por la Maternidad Concepción Palacios donde se expone que la ciudadana YESELIA PATIÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, nació en fecha 21 de Enero de 1978 a las 11:51 p.m. y se identifica a la madre CARMEN PATIÑO de 24 años de edad, Certificación expedida por el Registrador Principal del Municipio Libertador donde se expone que no aparece el acta de nacimiento presuntamente perteneciente a YESELIA PATIÑO, según datos suministrados por la solicitante YESELIA PATIÑO, supra identificada y Certificación expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, donde se expone que en los libros, no se encuentra el acta de la ciudadana YESELIA PATIÑO.- Este Juzgado ordena la INSERCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana YESELIA PATIÑO, en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, a cuyos fines se ordena librar oficio remitiendo copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión en los copiadores de sentencia de este Juzgado. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los________ día del mes ___________________ de 2008. Años 198° y 149°.
EL JUEZ.-


LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-
EL SECRETARIO

MUNIR SOUKI URBANO

LTLS/MSU/LZ- 08
Exp. S-3498