REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro de Septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP31-V-2008-001754
-PARTE ACTORA: Constituida por la Empresa INVERSIONES BOMILL C.A., inscrita en Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 06-08-2.004, bajo el N° 52, tomo 128-A- Pro, según consta de instrumento PODER autenticado por ante la Notaría Pública Décima del Municipio Libertador Del Distrito Capital, en fecha 03 de septiembre de 2-004., bajo el N° 19, tomo 81 de los libros de Autenticaciones llevados por la Notaría.-
-APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Representada por los Abogados IBRAHIM GORDILS DELGADO e INES RODRIGUEZ VARGAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.868 Y 44.599, respectivamente.-
-PARTE DEMANDADA: Constituida por la INMOBILIARIA LA FLORIDA C.A., Sociedad de comercio de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal Y Estado Miranda, el 09 de junio de 1.961, bajo el N° 67, tomo 16-a-Pro.-
MOTIVO:
CUMPLIMIENTO DE CONTRARO DE ARRENDAMIENTO
PRIMERO:
Se inició el presente procedimiento, mediante libelo de demanda y sus respectivos recaudos, presentados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) del Circuito Judicial de Tribunales de Municipio, con sede en Los Cortijos, en fecha 09 de Julio de 2008, correspondiéndole su conocimiento y sustanciación a este Juzgado, el cual fue admitida la demanda mediante auto el día 14 del mismo mes y año, por los trámites del procedimiento oral.
En fecha 22 de Julio de 2008, el Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado IBRAHIN GORDIL, consignó los emolumentos y fotostatos necesarios para la elaboración de la compulsa de citación.-
En fecha 28 de Julio de 2008, se libró compulsa de la parte demandada.-
El Apoderado judicial de la parte actora, Abogado IBRAHIM GORDILS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.868, suscribió diligencia presentada en fecha 17 de septiembre de 2008, mediante la cual desistió de la presente causa.-
SEGUNDO:
Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la diligencia de fecha 17/09/2008, suscrita por el abogado IBRAHIM GORDILS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 12.868, quien actúa en representación, de la Empresa INVERSIONES BOMILL C.A., mediante la cual desiste del presente procedimiento, éste Tribunal luego de analizadas las actas que cursan el presente expediente comprueba que no existe presunción que permita concluir que el desistimiento efectuado lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terceros, ni de las partes que intervienen en este juicio. Asimismo por cuanto el referido desistimiento no es contrario al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Juzgado le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN, teniéndosele como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
-PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA-.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los VEINTICUATRO (24) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Ocho (2.008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ,

NELSON GUTIERREZ CORNEJO

LA SECRETARIA

ABG. KAREN SÁNCHEZ

En la misma fecha, siendo las ONCE Y VEINTICINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (11:25 A.M), se publicó y registró la anterior decisión, quedando anotada bajo el Asiento N°20_del Libro Diario del Juzgado.
LA SECRETARIA


ABG. KAREN SÁNCHEZ.-