REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA
AP21-R-2008- 001474
En el día de hoy, veinte (20) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las once de la mañana (11:00 am.), hora y oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA ORAL en el presente juicio, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, haciéndose presente el abogado RICHARD REIMY inscrito en el Ipsa bajo el número 111534, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. Así mismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada recurrente, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. La Juez declaró iniciada la audiencia solicitando a la secretaría que informe sobre el motivo de la misma, quien informa a viva voz que dicho motivo se encuentra circunscrito al recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de septiembre de 2008, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por la ciudadana. JONS MAULARSEN BOHORQUEZ OVALLE en contra de la empresa AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual por una Cámara de video marca Sony, modelo DCRTRV-22, manipulada por el técnico adscrito a la U.R.D.D Vista la exposición de la Secretaría y en vista de la incomparecencia de la parte recurrente, el Tribunal pasa de seguidas a dictar el dispositivo del fallo de acuerdo a las consecuencias previstas en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por ello, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de septiembre de 2008, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por la ciudadana. JONS MAULARSEN BOHORQUEZ OVALLE en contra de la empresa AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A. Igualmente, se condena a la parte recurrente en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 62 del mismo texto procesal. En virtud que todos los motivos de hecho y derecho de la decisión están contenidos en la presente acta y que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 159 eiusdem, se considera a la presente acta como la sentencia escrita correspondiente a esta Alzada, y se hace innecesario la reproducción aparte de la sentencia. De conformidad con lo previsto en el artículo 166 eiusdem y por razones de seguridad de la cinta que contiene la reproducción del presente acto, se deja en custodia de la oficina de Archivo Audiovisual la cual deberá colocarla en un sobre precintado e identificando el casete con el número del expediente y el nombre de las partes. Terminó, se leyó y conformes firman.-
Edglys Montañez Lista
Juez Temporal
Apoderado judicial de la parte actora,
La Secretaría
AP21-R-2008- 001474
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