REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
198° y 150°

ACTA DE AUDIENCIA
AP21-R-2009-000473

En el día de hoy, treinta (30) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las dos de la tarde (2:00 pm.), hora y oportunidad fijada para que tenga lugar el AUDIENCIA ORAL en el presente juicio, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, haciéndose presentes los Abogados VIRGINIA GRATEROL y PEDRO ALVAREZ, inscritos en el Ipsa bajo los números 93239 y 20473, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada. La Juez declaró iniciada la audiencia solicitando a la secretaría que informe sobre el motivo de la misma, quien informa a viva voz que dicho motivo se encuentra circunscrito al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 06 de abril de 2009 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, que declaró con lugar la demanda incoada por la ciudadana Mairett Reyes en contra de la empresa Matsushita Phones, c.a. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual por una Cámara de video marca Sony, manipulada por el técnico adscrito a la U.R.D.D. En este estado la Juez Temporal del Tribunal concedió a la representación judicial de la parte demandada, el derecho de palabra en un tiempo de 10 minutos, manifestando desistir del presente recurso de apelación en virtud de que mantuvieron conversaciones con la parte actora y su representación judicial y llegaron a un acuerdo en el presente juicio. En consecuencia, vistos los señalamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pasa a dictar su fallo Declarando: PRIMERO: se imparte la HOMOLOGACIÓN al desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 06 de abril de 2009 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, que declaró con lugar la demanda incoada por la ciudadana Mairett Reyes en contra de la empresa Matsushita Phones, c.a. SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente asunto al mencionado Tribunal de Primera Instancia. Se ordena de conformidad con lo previsto en el artículo 166 ejusdem, que por razones de seguridad de la cinta que contiene la reproducción del presente acto, se deja en custodia del archivo audiovisual, quien deberá colocarla en un sobre precintado e identificando el casette con el número del expediente y el nombre de las partes. Terminó, se leyó y conformes firman.-

Edglys Montañez
Juez Temporal

Apoderados judiciales de la parte demandada,



La Secretaria

AP21-R-2009-000473