REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de abril de dos mil nueve (2009)
198º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2008-005129


Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la representación judicial de la parte demandada, en fecha 12 de febrero de 2009, con ocasión de la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto a las mismas, en los siguientes términos:
I.-
De las Pruebas Documentales

En lo atinente a las documentales promovidas y marcadas desde “B1” al “106” las cuales corren insertas desde el folio (52) al folio (165), ambos inclusive, del presente expediente, este Tribunal ADMITE las mismas salvo su apreciación en sentencia definitiva. Así se decide.


De la Audiencia de Juicio

Por último, el Juez informa a las partes que la incomparecencia a la Audiencia de Juicio en la oportunidad correspondiente acarreará consecuencias legales, igualmente, se insta a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a la utilización de los medios alternativos de resolución de conflictos. Así se decide.


El Juez


Abg. Oswaldo Rafael Farrera Cordido
El Secretario


Abg. Carlos Moreno