REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-006552
PARTE ACTORA: LUIS APOLINAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KARIM CELIS, CATHERINE OLIVEROS, INEYE APONTE, LORENA VIERA
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION CIVIL FEDERACION DE FUTBOL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXANDER DÍAZ GUZMAN y RAFAEL COELLO RAMOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 20 de abril de 2009, a las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio se deja constancia que comparecen el abogado Alexander Díaz Guzmán, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 50.373, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, como se evidencia de autos, así como también se encuentra presente la ciudadana Amarilis Belisario S., cédula de identidad N° 8.572.402, en su carácter de representante de la Federación Venezolana de Futbol, a quienes se le hacen entrega de las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar. Asimismo, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, en consecuencia y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Las pruebas promovidas por la parte actora se encuentran a su disposición y le serán entregadas una vez las solicite. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.

La Jueza La Secretaria


Abg. Milagros Jiménez Abg. Dayana Díaz



Apoderado judicial de la parte demandada y su representante

A las 2: 39 p.m. del día de hoy 20 de abril de 2009, la secretaria de este Juzgado deja constancia que se publica la presente sentencia.


La Secretaria


Abg. Dayana Díaz