REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL
Sala de Juicio Nº 1
Caracas, 28 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-005512
Vista la anterior solicitud de Cúratela presentada por la ciudadana HECGLIANA ANDREA RODRIGUEZ FIGUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.375.996, debidamente asistida por la abogado WILSBECK KARINA GARCIA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.795, en representación del niño (X), de siete (07) años de edad, la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC al niño antes mencionado, esta Sala de Juicio, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y visto asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana GLADYS CARLOTA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.978.005, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC del niño antes mencionado. Expídanse por secretaría las copias certificadas necesarias, una vez que sean consignadas por el solicitante. Se ordena oficiar a la oficina de atención al público (O.A.P), a fin de que se sirva entregar a la parte interesada las copias certificadas respectivas. Cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ,
Abg. JORGE GUSTAVO MIRABAL LA SECRETARIA,
Abg. KARLA SALAS
JGM//KS//Maria Elena*
Motivo: Curatela
AP51-S-2009-005512
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