REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Caracas, 29 de abril de 2009.
Juez Unipersonal Nº VI
199º y 150º
Asunto: AP51-S-2009-004611
Motivo: Declaración de Únicos Universales Herederos
Solicitante: MARTINA MARIA GIL GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.203.317, debidamente asistida por la abogada CARMEN ALEXANDRA MACIAS HERNANDEZ, Defensora Pública Décima Quinta de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas
Niña: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”.
_______________________________________________________________________
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto y vista de igual forma las testimoniales de las ciudadanas PETRA DEL CARMEN GIL GONZALEZ y LISBETH URRIETA GIL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.217.516 y V-11.687.473, respectivamente; este JUEZ UNIPERSONAL VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL; en virtud de que se encuentran llenos los requisitos de ley, conforme a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUSTIFICATIVO DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ALEXIS RAFAEL VARGAS MORENO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad Nro. V- 14.471.191, a favor de la niña, “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”. Se acuerda expedir por secretaría copia debidamente certificada de la presente resolución y remítanse mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, una vez que las partes consignen los fotostatos correspondientes. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Abg. JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA
LA SECRETARIA
Abg. MARIA EUGENIA VELASQUEZ
|