REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 9
Caracas, 01 de Abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-004955

Visto el escrito de fecha 26 de marzo de 2009, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA PASCUAL GUZMAN, en su carácter de Defensora Pública Primera (1°), y actuando en nombre y representación de los derechos e interés de los niños (...), de (...) y (...) años de edad, respectivamente; en el cual remite convenio de OBLIGACION DE MANUTENCION celebrado entre los ciudadanos LUIS BELTRAN SIFONTES DIAZ y NURIA MARISOL SALAS RODRIGUEZ, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-10.349.305 y V-6.347.418, respectivamente, a favor de los prenombrados niños y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 26/03/2009, lo relativo a la Obligación de Manutención de sus hijos antes mencionados.