REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 16 de abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-004053
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana LOURDES JOSEFINA BARO VARGAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-5.299.384, actuando en su carácter de madre de la Adolescente, asistida por la Abg. COROMOTO BRICEÑO, Defensora Publica Décima Segunda (12°) para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, hija del ciudadano BOGDAN TROCHANOWSKI, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº E.-81.257.209, fallecida en fecha (03) de febrero de 2009. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano BOGDAN TROCHANOWSKI, antes identificado, a sus hijas la adolescente y la ciudadana JULIA EWA TROCHANOWSKI, como beneficiarias del de cujus ciudadano BOGDAN TROCHANOWSKI. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase
LA JUEZ
Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA
Abg. SALLY GUERRERO
ASUNTO: AP51-S-2009-004053
JQA/SG/Kristian Castellanos
|