REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente 
 
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y 
 
Nacional de Adopción Internacional
 
Juez Unipersonal N° XIV
 
Caracas, 27 de Abril de 2009
 
199º y 150º
 
 
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el anterior escrito de solicitud de Homologación de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por el ciudadano ELIOMAR ELIESER ASTUDILLO VASQUEZ, en su carácter de Defensor del Niño y del Adolescente del Municipio Sucre, a solicitud de los ciudadanos DANIEL ENRIQUE CASTILLO MIJARES y CHIQUINQUIRA ESCARLET SILVA SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº V-19.498.125 y V-18.396.383, respectivamente, a favor del niño (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° 14 de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional LA ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en los términos allí expuestos, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva; todo de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil; una vez sean consignados por la parte interesada. Y así se establece. 
 
LA JUEZA
 
EL SECRETARIO
 
 
 
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA		
 
		    
 
				ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
 
 
 
AP51-S-2009-006600
 
YLV/CAF/Marjorie
 
Conv. Régimen de Conv. Fam.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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