REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de abril de 2009
198º y 150º


Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos U.R.D.D, en fecha 18 de marzo del 2009, por el ciudadano Luís José Trias Sambrano, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil “AGENCIAS GENERALES CONAVEN, C.A”, contra la Resolución N°. SNAT-INA-GAPG-AAJ-2008-0138-7060 de fecha 02 de diciembre del 2008, emanada de la Gerencia de Aduana Principal de Guanta-Puerto la Cruz del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el Artículo 268 y siguientes eiusdem. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a Pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, a tenor de lo previsto en el supra mencionado Artículo 268 del mismo Código.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Titular,


Ricardo Caigua Jiménez.

La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.

La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (03:00 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá

Asunto Nº: AP41-U-2009-000198
RCJ/ ep.