REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 01 de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : AP11-F-2009-000099


SOLICITANTE: MARIFLOR PLAZA DE PANTIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-3.182.711, representada por el ciudadano LUBOMIR HURT, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.272.
MOTIVO DE LA SOLICITUD: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Se inicia la presente causa por solicitud presentada por la ciudadana MARIFLOR PLAZA DE PANTIN, representada por el ciudadano LUBOMIR HURT, alegando lo siguiente:
1. Que nació en la Urbanización El Rosal, Jurisdicción del Municipio Chacao, en fecha 08 de marzo de 1.949, siendo presentada por ante el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, quedando registrada el acta bajo el No. 129, folio 66, tomo 01, año 1949.
2. Que la copia certificada de su partida de fecha 26 de febrero de 2008, presenta un error material, toda vez que en la misma se le identificó como MARIFLOR PLAZ RIVAS, siendo esto incorrecto por cuanto su verdadero nombre es MARIFLOR PLAZA RIVAS.
Ahora bien, a los fines de decidir la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones:
PRIMERA CONSIDERACIÓN: El solicitante a los fines de sustentar lo alegado, acompaña los siguientes recaudos:
1. Partida de Nacimiento, la cual se solicita su rectificación.
2. Copias de su Partida de Nacimiento.
3. Copia de su cédula de identidad
4. Copia de la cédula de identidad de su padre.
5. Acta de defunción de su padre
SEGUNDA CONSIDERACIÓN Ahora bien, de los recaudos aportados por la solicitante se evidencia que existen suficientes elementos que demuestran la veracidad de los hechos alegados
En consecuencia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y como consecuencia de ello se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento la cual corre inserta bajo el No. 129, folio 66, tomo 01 correspondiente al año de 1949, llevados por el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda.
Que debe asentarse el verdadero nombre completo de su padre como FRANCISCO PLAZA IZQUIERDO y el de su madre como FLOR RIVAS DE PLAZA.
Remítase adjunto a Oficio copia certificada de la solicitud en cuestión, así como de la presente sentencia a las autoridades civiles correspondientes para que conforme a lo previsto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, estampe la nota respectiva.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas
Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ,

LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ, LA SECRETARIA,

MARIA GABRIELA HERNÁNDEZ RUZ.-
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las__________.
LA SECRETARIA,

LRHG/MGHR/Henry.
Exp. Nº AP11-F-2009-00099