REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintidós de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AH12-M-2005-000011
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que habiéndose declarado sin lugar la oposición en el presente juicio por EJECUCION DE HIPOTECA, y siendo tal decisión definitivamente firme, a tenor de lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado decreta MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre el siguiente bien inmueble: “…Un (1) local comercial, distinguido con la letra A, el cual forma parte del edificio La Montaña, que se encuentra situado en una parcela de terreno signada con el Nº 5, de la zona III, del plano de la Urbanización Los Chaguaramos, en Jurisdicción de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, se encuentra ubicado en la Planta Baja y tiene una superficie de sesenta y dos metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (62,40 mts2), aproximadamente, le corresponde un porcentaje de condominio de diez enteros con dieciocho centésimas por ciento (10,18%), sobre los derechos y obligaciones derivadas de los gastos comunes, con los linderos particulares correspondiente al local A citado, los cuales son los siguientes: NORTE: con fachada Norte del inmueble; SUR: en parte con núcleo de escaleras y en parte con fachada Sur del inmueble; ESTE: con fachada Este del inmueble; OESTE: en parte con local B, en parte con núcleo de escaleras y en parte con cuarto de basura, al local A1 se le ha sido asignado en uso exclusivo un maletero distinguido con la letra (a), que tiene aproximadamente un área de ocho metros cuadrados (8 mts2) y sus linderos individuales son: NORTE: con el Maletero (b); SUR: con área de circulación peatonal; ESTE: con área de circulación peatonal; OESTE”. con área de circulación peatonal”, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Cuarto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 16 de julio de 2002, bajo el N° 49, tomo 2, del Protocolo primero.
Se ordena librar mandamiento de ejecución al Distribuidor de los Juzgados de Municipio Ejecutores de Medidas Preventivas y Ejecutivas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
LRHG/MGHR/ANDRES.
En esta misma fecha se cumplió con el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
LRHG/MGHR/ac.-