REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dos de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : AP11-F-2009-000368
Visto el anterior escrito de SEPARACION DE CUERPOS, y los recaudos acompañados, presentado por los ciudadanos OMAR JOSÉ GREGORIO GARCIA ACOSTA e ISABEL TERESA MENDOZA ABREU, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 14.130.471 y V-11.939.357, respectivamente, asistidos el primero por la abogado ADRIANA CITTADINO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.815, y la segunda por la abogada ELIZABETH SUÁREZ TOVAR, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.712, mediante la cual manifiestan a este Juzgado su voluntad de separarse de cuerpos y bienes, según las cláusulas contenidas en el escrito que antecede y en las cuales ellos han convenido. El Tribunal haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 189 del Código Civil, declara la Separación Legal de Cuerpos en la misma forma, términos y condiciones convenidas por ellos en el escrito que antecede. Expídase por Secretaría dos (2) copias certificadas del anterior escrito con inserción del presente auto y entréguese a los interesados. Líbrense copias, las cuales serán firmadas por la Secretaria de este Juzgado en todas y cada una de sus páginas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ

Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA

DIOCELIS PÉREZ BARRETO