REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veinticuatro (24) de abril del dos mil nueve (2009).-
199° y 150°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus WILMER JOSÉ MATUTE MÁRQUEZ, quien en vida fuera venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.820.153, a favor de los ciudadanos DIMNA ANTONIA MARQUEZ y JOSÉ DEOGRACIO MATUTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº V-6.230.480 y V-8.202.078, respectivamente. Devuélvase las presentes actuaciones en original a la parte solicitante a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-
EL JUEZ

LUIS TOMAS LEON SANDOVAL
EL SECRETARIO

MUNIR JOSE SOUKI URBANO





Solicitud Nº AP11-S-2009-000074
LTLS/MSU/nemw