REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas 23 de abril de 2009
Años 198° y 150°
PARTE ACTORA: Constituida por la Sociedad Financiera BOLIVAR BANCO C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27 de ABRIL de 1992, bajo el N° 44, Tomo 35-A-Pro y cuya última modificación consta de asiento inscrito por ante el mencionado Registro Mercantil en fecha 15 de agosto de 2002, bajo el N° 8, Tomo 125-A Pro.,que consta en acta levantada con ocasión de la sesión N° 044-2007 de fecha 31 de mayo de 2007. Apoderada Judicial: María Alejandra Mata B, Alan Urquiola Battisti, Sonia Margarita Mata Barrios., abogados en ejercicio inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 59.145, 117.447, 33.164 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Constituida por la ciudadana EMPERATRIZ RODRIGUEZ PEREIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad N° 6.215.891, en su carácter de deudora principal y al ciudadano Arturo Yusti, en su carácter de Fiador Solidario de todas y cada una de las obligaciones asumidas por la deudora principal.- Sin apoderado judicial constituido en autos.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.-
PRIMERO:

Mediante libelo admitido por el procedimiento oral, en fecha diez (10) de abril de dos mil nueve (2009), la Sociedad Financiera Bolívar Banco, C.A., incoó pretensión de COBRO DE BOLIVARES en contra de los ciudadanos EMPERATRIZ RODRÍGUEZ PEREIRA y ARTURO RENE YUSTI.
En fecha diez (10) de abril de dos mil ocho (2008), se libraron las respectivas compulsas de citación.
En fechas 02 y 09 de mayo de 2008, los ciudadanos Edgar Zapata y Gresjover Planas respectivamente, Alguaciles adscritos a este Circuito Judicial, consignaron diligencias donde dejan constancia de la imposibilidad material de lograr la citación personal de los demandados.
Por auto de fecha 05 de junio de 2008, se acordó librar cartel de citación a la parte demandada.
Por diligencia de fecha 23 de septiembre de 2008, la apoderada judicial de la parte actora consignó ejemplares de las publicaciones de los carteles de citación librados en los diarios El Universal y el Nacional en sus ediciones de fechas 25 y 29 de julio de 2008.
En fecha 17 de abril de 2009, compareció por ante éste Órgano Jurisdiccional la ciudadana EMPERATRIZ RODRÍGUEZ PEREIRA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 6.215.891, debidamente asistida por el ciudadano CARLOS CUPARE MALAVE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.613, a los fines de consignar Transacción Judicial celebrada entre las partes en fecha 26 de septiembre de 2008, por ante la Notaría Vigésima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO:
Vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la transacción celebrada en fecha 17 de abril de 2009; éste Tribunal luego de haber verificado la capacidad de las partes y de sus apoderados judiciales para disponer en el proceso por ante la autoridad jurisdiccional que ha de impartir la aprobación de la homologación, así como las actas correspondientes, y por cuanto no existe presunción alguna que la transacción que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terceros, ni de las partes que intervienen en este juicio, ni es contraria al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, éste Tribunal le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN, teniéndosele como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

-PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA-
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil nueve (2.009). Años: 198º y 150º.
EL JUEZ,

NELSON GUTIERREZ CORNEJO

LA SECRETARIA.

ABG. KAREN SANCHEZ OSUNA

En la misma fecha, siendo las ONCE Y CUARENTA Y OCHO MINUTOS DE LA MAÑANA (11: 48 A.M) se publicó y registró la anterior decisión, quedando anotada bajo el Asiento N° 23 del Libro Diario del Juzgado.
LA SECRETARIA,

ABG. KAREN SANCHEZ OSUNA


NGC/KS/adriana