REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de abril de dos mil nueve (2009)
197º y 150º
AP21-L-2009-000491
En el día de hoy, quince (15) de Abril del Dos Mil nueve (2009), siendo las10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, da por recibido el presente expediente proveniente de la Unidad de Recepción y distribución de Documentos, anunciado el acto con las formalidades de Ley comparecen a la misma la ciudadana JUAN NORBERTO NETO RODRIGUES, inscrito en el IPSA bajo el número 117.066, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana OLGA MARGARITA FLORES, titular de la cédula de identidad número 8.559.089, y por la otra la abogada NAIDA JOSEFINA ZAPATA DORTA, inscrito el IPSA bajo el N° 18.979 , en su carácter de apoderada judicial de la demandada RESTAURANT DA GUIDO C.A. En este estado de la causa la representación judicial de la parte demandada ofrece en pagar a la ex -trabajadora la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES EXACTOS( Bs. F12.000,00 de la siguiente forma: Un primer pago para el día 17 de abril de 2009, por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs. F 3.000,00), un segundo pago por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS ( Bs. F 2.250,00) para el día 18 de mayo de 2009,. Un tercer pago para el día 17 de junio de 2009, por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS ( Bs. F2.250,00) , Un cuarto pago para el día 17 de julio de 2009, por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS ( Bs. F 2.250,00) un quinto pago para el día 12 de agosto de 2009, por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS ( Bs. F 2.250,00). Todos los pagos se efectuaran por la Unidad de Recepción y distribución de Documentos de este circuito Judicial del trabajo. La trabajadora acepta el monto ofrecido y la forma como se efectuaran los pagos. En este mismo acto las partes solicitan la entrega de las pruebas consignadas en la audiencia preliminar. Este tribunal hace entrega de las pruebas a las partes. Visto la transacción presentada por las partes este tribunal la homologa en todos y cada unos de los términos expuestos por las partes y dará por terminado el presente juicio una vez que conste en auto el último pago. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
La JUEZ
LUISA AVILA


EL SECRETARIO
HECTOR MUJICA
APODERADAS JUDICIALES DE LAS PARTES



LA TRABAJADORA