REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
AP21-L-2008-006530
En el día de hoy, veintiuno (21) de ABRIL del Dos Mil nueve(2009), siendo las10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación Audiencia Preliminar, este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, da por recibido el presente expediente proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, anunciado el acto con las formalidades de Ley comparecen a la misma la ciudadana MARYORIE KORINA REYES HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el número 118.267, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA EUGENIA HIRALDO ZORRILLA, titular de la cédula de identidad número 18.244.448, y por la otra la abogada ELIZABETH BRAVO HERNANDEZ, inscrita el IPSA bajo el N45.947 , en su carácter de apoderada judicial de la demandada SERVICON 3030 C.A. En este estado de la causa las partes presentan transacción en los siguientes términos: la representación judicial de la parte demandada ofrece un cheque, bajo el número 00388447, a favor de la trabajadora girado contra el banco confederado por la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON NOVENTA CUATRO CENTIMOS ( Bs. F 426,94), de fecha 15 de abril de 2009, por todos y cada uno de los conceptos demandados y la actora acepta el pago ofrecido. Las partes solicitan al tribunal homologue la transacción , de por terminada la presente causa y ordene el cierre definitivo del expediente. Así mismo solicitan las pruebas consignadas en la audiencia preliminar. Entrega las pruebas a las partes. Este Tribunal homologa la transacción presentada por as partes en todos y cada unos de los términos expuestos , da por terminada la causa , ordena cierre definitivo del expediente y el cierre informático del mismo. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
La JUEZ
LUISA AVILA
EL SECRETARIO
HECTOR MUJICA
APODERADOS JUDCIALES DE LAS PARTES
LA TRABAJADORA
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