REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 2



Caracas, 13 de agosto de 2009
199° y 150°




EXPEDIENTE N° 2009-2796
JUEZ PONENTE: DRA. BELKYS ALIDA GARCIA


Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la admisión del Recurso de Apelación interpuesto en fecha 13 de julio de 2009, por el Abogado APONTE YONNYS, Defensor Público Nonagésimo Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensor del ciudadano CESAR GARCES ZAPATA, con fundamento en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 06/07/2009, por el Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad contra su defendido. No hubo contestación por parte de la Representación Fiscal.

SOBRE LA ADMISIBILIDAD

El recurso de apelación fue ejercido con cualidad para hacerlo por parte de la defensa del ciudadano CESAR GARCES ZAPATA, y asimismo en tiempo hábil para su interposición, tal y como se pudo constatar del cómputo realizado por secretaría del a quo que cursa a los folios 34 y 35 de las presentes actuaciones. Siendo fundamentada en el numeral 4° del Artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ADMITE, al no evidenciarse ninguna causa de inadmisibilidad, y se pasa a conocer del fondo del recurso, conforme lo establecido en el artículo 450 del texto adjetivo penal. Y así se declara.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

UNICO: Se ADMITE el escrito de apelación presentado por el Abogado APONTE YONNYS, Defensor Público Nonagésimo Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensor del ciudadano CESAR GARCES ZAPATA, con fundamento en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 06/07/2009, por el Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, y se pasa a conocer del fondo del recurso, conforme lo establecido en el artículo 450 del texto adjetivo penal.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.


LA JUEZ PRESIDENTA


DRA. ELSA JANETH GÓMEZ MORENO


LOS JUECES INTEGRANTES


DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA DR. OSWALDO REYES CAMACHO
(Ponente)




EL SECRETARIO

ABG. LUIS ANATO



En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.



EL SECRETARIO

ABG. LUIS ANATO





Exp.: 2009-2796
EJGM/ORC/BAG/LA/rch