REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 5

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CORTE DE APELACIONES
SALA CINCO

Caracas, 14 de agosto de 2009
199° y 150°

No. 240-09
EXPEDIENTE: N° S5-2009-2518
PONENTE: DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ


Vista las pruebas promovidas por la Doctora BEATRIZ MONTERO AREVALO, Juez Undécima de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el escrito de Inhibición planteado en la causa N° 1648-09, seguida contra la ciudadana MAIRA ALEJANDRA APONTE FERNÁNDEZ, señaladas textualmente de la siguiente manera:

Anexo A) Informe de recusación, de fecha 14/12/2000, cuando la Juez inhibida se encontraba a cargo del Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. (Según consta a los folios 3 al 9 del cuaderno de incidencias).

Anexo B) Decisión emanada de la Sala Diez de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de fecha 21/12/2000, que resolvió dicha recusación, con ponencia del Dr. Juvenal Barreto Salazar, mediante la cual declaró Sin Lugar la misma. (Según consta a los folios 10 al 15 del cuaderno de incidencias).

Anexo C) Decisión emanada de la Sala Uno de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de fecha 09/02/2001, que resolvió la inhibición planteada por la Dra. Beatriz Montero Arévalo, en la causa seguida contra la ciudadana Maira Aponte Fernández, con ponencia del Dr. Braulio Sánchez Martínez, mediante la cual declaró Con Lugar la misma. (Según consta a los folios 16 al 20 del cuaderno de incidencias).

Anexo C) Decisión emanada de la Sala Uno de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de fecha 09/02/2001, que resolvió la inhibición planteada por la Dra. Beatriz Montero Arévalo, en la causa seguida contra la ciudadana Maira Aponte Fernández, con ponencia del Dr. Braulio Sánchez Martínez, mediante la cual declaró Con Lugar la misma. (Según consta a los folios 16 al 20 del cuaderno de incidencias).

Anexo D) Decisión emanada de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de fecha 23/01/2001, que resolvió la Acción de Amparo Constitucional en la causa relacionada con la Empresa MERCAP, Sociedad de Corretaje, C.A., contra la decisión de fecha 29/11/2000, dictada por la Dra. Beatriz Montero Arévalo, con ponencia de la Dra. Aracelys Salas Viso, mediante la cual declaró Sin Lugar la misma. (Según consta a los folios 23 al 48 del cuaderno de incidencias).



En tal sentido, esta Sala ADMITE dichas pruebas documentales promovidas por estar ajustadas a Derecho, por ser pertinentes, útiles y necesarias y ser presentadas en tiempo oportuno, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.


DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE, las pruebas documentales promovidas por la Doctora BEATRIZ MONTERO AREVALO, Juez Undécima de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el escrito de Inhibición planteado en la causa N° 1648-09, seguida contra la ciudadana MAIRA ALEJANDRA APONTE FERNÁNDEZ, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión.

EL JUEZ PRESIDENTE,




DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA



LA JUEZ,



DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ
(Ponente)


LA JUEZ,



DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA


LA SECRETARIA,



ABG. TERESA FORTINO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.



LA SECRETARIA,



ABG. TERESA FORTINO





Causa No. S5-2009-2518
JOG/CCR/CMT/TF/Yaneth.-